Con base en el artículo 4° de la CDPD, se establece la obligación del Estado Mexicano de adoptar todas las medidas que sean pertinentes para hacer efectivos los Derechos de las Personas con Discapacidad, por ello el 17 de junio de 2016, esta Casa de la Dignidad y de las Libertades (CODHEM), signó un Convenio General de Colaboración entre la CNDH y los OPDH de las treinta y dos entidades federativas, con el propósito de instrumentar el MIMN de la CDPD.

Con ello, se busca que las personas con alguna discapacidad cuenten con mecanismos que vigilen eficazmente; y así propiciar una mayor toma de conciencia y adopción de medidas que generen lugares y contextos inclusivos. El MIMEM se instaló el 22 de noviembre de 2016 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33, numeral 2 de la CDPD, en fecha 12 de enero del año 2017, mediante el acuerdo 01/2017-05, dicha Comisión, creó el Departamento de Atención a las Personas con Discapacidad, el cual tiene como objetivo “Salvaguardar el libre ejercicio de los derechos humanos de las Personas con Discapacidad mediante acciones de protección, promoción y supervisión”. Posteriormente, mediante el acuerdo número 05/2017 de fecha 12 de junio de 2017, se integró el Comité Técnico de Consulta del Mecanismo Independiente de Monitoreo del Estado de México, con organizaciones de la sociedad civil, de y para Personas con Discapacidad, así como expertos en discapacidad y Derechos Humanos.